Elegir el régimen tributario correcto puede marcar una diferencia significativa en cuánto impuesto paga tu empresa cada año. En Chile, tras la Reforma Tributaria (Ley 21.210), los dos principales regímenes para empresas son el Régimen Pro Pyme (Artículo 14 A) y el Régimen General (Artículo 14 B). Una mala elección puede significar pagar miles de pesos más en impuestos de manera innecesaria.

Régimen Pro Pyme — Artículo 14 A

El Régimen Pro Pyme está diseñado para pequeñas y medianas empresas con ingresos anuales que no superen las UF 75.000 (aproximadamente $2.800 millones de pesos a valores 2025). Simplifica la contabilidad y el pago de impuestos.

Características principales del Pro Pyme:

  • Tasa de impuesto a la renta: 25% fijo sobre la renta líquida imponible.
  • Base contable: Simplificada (base caja). Los ingresos y gastos se reconocen cuando se cobran o pagan, no cuando se devengan.
  • IVA: Se declara y paga solo cuando se cobra la factura (no cuando se emite). Mejora el flujo de caja.
  • Requisito de ingresos: Ingresos anuales no superiores a UF 75.000 en promedio de los últimos 3 años.
  • Capital: Al inicio de actividades, el capital efectivo no debe superar UF 85.000.
  • Participación en otras empresas: Los socios no deben ser dueños de más del 35% de otra empresa que supere el límite de ingresos.
  • Crédito por contribuciones: Se puede usar como crédito el impuesto territorial (contribuciones de bienes raíces destinados al giro).

¿Cuándo conviene el Pro Pyme?

  • Empresas con ingresos inferiores a UF 75.000 anuales.
  • Negocios que necesitan contabilidad simplificada y menor carga administrativa.
  • Empresas con flujo de caja ajustado (el IVA base caja es una gran ventaja).
  • Emprendedores que recién comienzan y quieren reducir costos contables.
  • Empresas cuyos socios reinvierten las utilidades en el negocio (la tasa del 25% es más baja).

Régimen General — Artículo 14 B

El Régimen General (también llamado régimen de renta atribuida o semi-integrado en su versión anterior) es el régimen aplicable a empresas más grandes o a aquellas que por su estructura necesitan mayor flexibilidad tributaria.

Características principales del Régimen General:

  • Tasa de impuesto a la renta: 27% sobre la renta líquida imponible.
  • Base contable: Contabilidad completa obligatoria (base devengada). Los ingresos y gastos se reconocen cuando se originan, independiente del pago.
  • IVA: Se declara en el período de emisión de la factura (base devengada).
  • Integración: Los socios tienen un crédito del 65% del impuesto de primera categoría pagado por la empresa para imputar al Global Complementario o Impuesto Adicional. Esto puede ser conveniente para socios con tasas efectivas bajas.
  • Sin límite de ingresos: No hay tope de facturación para estar en este régimen.

¿Cuándo conviene el Régimen General?

  • Empresas con ingresos superiores a UF 75.000 anuales (obligadas).
  • Empresas con socios que tributan con tasas bajas de Global Complementario y quieren aprovechar el crédito del 65%.
  • Negocios con inversiones en activos fijos importantes, donde la depreciación acelerada puede reducir significativamente la base imponible.
  • Empresas que requieren estados financieros más robustos para bancos, inversionistas o licitaciones públicas.

Comparativa rápida: Pro Pyme vs Régimen General

Característica Pro Pyme (14 A) Régimen General (14 B)
Tasa impuesto 1ª Categoría 25% 27%
Tope de ingresos UF 75.000/año Sin límite
Contabilidad Simplificada (base caja) Completa (base devengada)
IVA Base caja (al cobro) Base devengada (al emitir)
Crédito socios en IGC No aplica directamente 65% del IDPC
Costo contable Menor Mayor
Ideal para Pymes, emprendedores Empresas grandes

¿Qué pasa si supero los UF 75.000 en el Pro Pyme?

Si en el año calendario tus ingresos superan el límite de UF 75.000 (en promedio de los últimos 3 años), el SII te notificará para que migres al Régimen General. La migración debe hacerse al 1° de enero del año siguiente. Es importante planificarlo con anticipación para evitar sorpresas.

Conclusión: ¿Cuál te conviene?

La respuesta depende de múltiples factores: tu nivel de ingresos, la estructura de socios, tu necesidad de flujo de caja, la proyección de crecimiento y el perfil tributario de los dueños. No existe una respuesta universal.

Una mala elección puede significar pagar más impuestos de lo necesario o generar complicaciones administrativas innecesarias. Lo ideal es hacer un análisis personalizado con un asesor tributario que conozca tu situación específica.

¿No sabes qué régimen te conviene?

En Aliados Contables hacemos un análisis tributario personalizado para que elijas el régimen más conveniente para tu empresa, con proyecciones reales del impacto en tu carga impositiva.

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